Información para editores
La Journal on Education in Emergencies (JEiE por su siglas en inglés) se adhiere a las siguientes directrices acerca de los conflictos de interés. Este documento describe las prácticas que los editores y personal de la JEiE deben observar.
Conflictos de interés
Un conflicto de interés se refiere a cualquier relación que tenga el/los autor/es, editor/es o revisor/es que interfiera, o que pueda percibirse como que interfiere, con la presentación completa y objetiva, la revisión por pares, la decisión editorial o la publicación de un manuscrito que haya sido enviado a la JEiE.
Un conflicto de interés puede surgir de cualquier relación de beneficio que un autor/es, editor/es o revisor/es pudiera tener con un manuscrito. Esta relación puede ser
- financiera o no financiera;
- personal o profesional, o
- individual u organizacional (si, por ejemplo, una nota de campo describe un programa, enfoque o herramienta de una organización a la cual está vinculada el autor).
El conflicto de interés resultante de la asociación del autor de una nota de campo con una organización que sea el sujeto de dicha nota no impedirá necesariamente que la nota de campo sea considerada, si la vinculación está debidamente documentada y reconocida.
Obligaciones de los editores de la JEiE
Los editores de la JEiE deben declarar, en el momento en que se les asigne un manuscrito, cualquier relación financiera, comercial, profesional o personal que puedan tener con el autor o autores del manuscrito, los compromisos académicos, o las afiliaciones institucionales, etc., que pudieran influir en el proceso de toma de decisiones editoriales.
Para informar acerca de un conflicto de interés, el editor o editores deben ponerse en contacto por escrito con el gerente editorial, indicar claramente el conflicto de interés y su relación con el autor o el manuscrito, y solicitar con firmeza ser eximidos de su tarea como editores para este manuscrito en particular.
Cuando se informa al gerente editorial de un conflicto de interés, el manuscrito en cuestión debe ser reasignado a un editor diferente dentro del plazo de una semana. Tras la reasignación, el gerente editorial no debe
- revelar la identidad del nuevo editor al editor recusado, ni
- revelar al nuevo editor que surgió un conflicto de interés.
Si todos los editores potenciales tuvieran algún conflicto de interés con el manuscrito, el editor en jefe deberá encargarse de editar dicho manuscrito.
Los editores deben asegurarse de que su trabajo en relación con la JEiE respete estas directrices respecto a los conflictos de interés y los estándares de buenas prácticas
Para obtener más información acerca de la política sobre los conflictos de interés de la JEiE, contacte con la oficina editorial en journal@inee.org.