Información para editores y revisores
La Journal on Education in Emergencies (JEiE por su siglas en inglés, traducida como la Revista de Educación en Situaciones de Emergencia) se adhiere a las siguientes directrices acerca de los conflictos de interés. Este documento describe las prácticas que deben observar autores, editores y revisores.
Conflictos de interés
Un conflicto de interés se refiere a cualquier relación que tenga el/los autor/es, editor/es o revisor/es que interfiera, o que pueda percibirse como que interfiere, con la presentación completa y objetiva, la revisión por pares, la decisión editorial o la publicación de un manuscrito que haya sido enviado a la JEiE.
Un conflicto de interés puede surgir de cualquier relación de beneficio que un autor/es, editor/es o revisor/es pudiera tener con un manuscrito. Esta relación puede ser
- financiera o no financiera;
- personal o profesional, o
- individual u organizacional (si, por ejemplo, una nota de campo describe un programa, enfoque o herramienta de una organización a la cual está vinculada el autor).
El conflicto de interés resultante de la asociación del autor de una nota de campo con una organización que sea el sujeto de dicha nota no impedirá necesariamente que la nota de campo sea considerada, si la vinculación está debidamente documentada y reconocida.
Obligaciones de los editores
Los editores deben declarar, en el momento en que se les asigne un manuscrito, cualquier relación financiera, comercial, profesional o personal que puedan tener con el autor o autores del manuscrito, los compromisos académicos, o las afiliaciones institucionales, etc., que pudieran influir en el proceso de toma de decisiones editoriales.
Para informar acerca de un conflicto de interés, el editor o editores deben ponerse en contacto por escrito con el gerente editorial, indicar claramente el conflicto de interés y su relación con el autor o el manuscrito, y solicitar con firmeza ser eximidos de su tarea como editores para este manuscrito en particular.
Cuando se informa al gerente editorial de un conflicto de interés, el manuscrito en cuestión debe ser reasignado a un editor diferente dentro del plazo de una semana. Tras la reasignación, el gerente editorial no debe
- revelar la identidad del nuevo editor al editor recusado, ni
- revelar al nuevo editor que surgió un conflicto de interés.
Si todos los editores potenciales tuvieran algún conflicto de interés con el manuscrito, el editor en jefe deberá encargarse de editar dicho manuscrito.
Obligaciones de los revisores
Los revisores deberán declarar, en el momento en que se les invite a revisar el manuscrito, cualquier relación financiera, comercial, profesional o personal, compromisos académicos o afiliaciones institucionales, etc., que pudieran influir en el proceso de toma de decisiones editoriales.
Para informar acerca de un conflicto de interés, el revisor o revisores deben ponerse contacto por escrito con el gerente editorial, indicar claramente el conflicto de interés y su relación con el autor o el manuscrito, y solicitar con firmeza ser eximidos de revisar este manuscrito en particular.
Cuando se informa un conflicto de interés al gerente editorial, el manuscrito en cuestión debe ser reasignado a un revisor diferente dentro del plazo de una semana. Tras la reasignación, el gerente editorial no debe
- revelar la identidad del nuevo revisor al revisor recusado, y
- revelar al nuevo revisor que surgió un conflicto de interés.
Si todos los revisores contactados tuvieran algún conflicto de interés con el manuscrito, el editor principal debe continuar buscando al menos dos revisores para poder satisfacer los requisitos de publicación de la JEiE de revisión doblemente anónima por pares.
Los editores y revisores deben asegurarse de que su trabajo en relación con la JEiE respete estas directrices respecto a los conflictos de interés y los estándares de buenas prácticas
Para obtener más información acerca de la política sobre los conflictos de interés de la JEiE, contacte al equipo editorial en journal@inee.org.